Autoridad General

Atribuciones y Funciones

De acuerdo al Artículo 135 del Código Tributario Boliviano, el Director Ejecutivo General es designado por el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia de terna propuesta por dos tercios (2/3) de votos de los miembros presentes de la Honorable Cámara de Senadores, de acuerdo a los mecanismos establecidos por la señalada Cámara.

En caso de renuncia, fallecimiento o término del mandato del Director Ejecutivo General, se designará al interino mediante Resolución Suprema, conforme el inciso 16) del Artículo 96º de la Constitución Política del Estado, quién ejercerá funciones en tanto se designe al titular.

El Director Ejecutivo General, de la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT), de acuerdo a la Ley N° 2492, Código Tributario Boliviano (CTB) desempeñará sus funciones por un período de siete (7) años pudiendo ser reelegido sino pasado un tiempo igual al que hubiese ejercido su mandato.

El Director Ejecutivo General (antes Superintendente Tributario General ) tiene las siguientes atribuciones y funciones:

  • Dirigir y representar a la Superintendencia Tributaria General;
  • Conocer y resolver, de manera fundamentada, los Recursos Jerárquicos contra las Resoluciones de los Superintendentes Tributarios Regionales, de acuerdo a reglamentación específica;
  • Derogado*;
  • Dirimir y resolver los conflictos de competencias que se susciten entre los Superintendentes Tributarios Regionales;
  • Formular las políticas de desarrollo y controlar el cumplimiento de los objetivos, planes y programas administrativos de la Superintendencia General y las Regionales;
  • Considerar y aprobar los proyectos de normas internas de la Superintendencia General y de las Superintendencias Regionales, así como dirigir y evaluar la gestión administrativa del órgano;
  • Suscribir contratos y convenios en nombre y representación de la Superintendencia Tributaria General para el desarrollo de sus actividades administrativas y técnicas.
  • Designar al personal técnico y administrativo de la Superintendencia Tributaria General y destituirlo conforme a las normas aplicables.
  • Aprobar y aplicar las políticas salariales y de recursos humanos de la Superintendencia Tributaria General y Regionales, en base a lo propuesto por las mismas, así como la estructura general administrativa del órgano.
  • Aprobar el presupuesto institucional de la Superintendencia Tributaria, a cuyo efecto considerará las propuestas presentadas por las Superintendencias Regionales, para su presentación al Ministerio de Hacienda y su incorporación al Presupuesto General de la Nación.
  • Administrar los recursos económicos y financieros de la Superintendencia Tributaria en el marco de las normas del Sistema Nacional de Administración Financiera y Control Gubernamental.
  • Mantener el Registro Público de la Superintendencia Tributaria, en el que se archivarán copias de las resoluciones que hubiera dictado resolviendo los Recursos Jerárquicos, así como copias de las resoluciones que los Superintendentes Tributarios Regionales dictaran para resolver los Recursos de Alzada.
  • Proponer al Poder Ejecutivo normas relacionadas con la Superintendencia Tributaria y cumplir las que éste dicte sobre la materia.
  • Adoptar las medidas administrativas y disciplinarias necesarias para que los Superintendentes Regionales cumplan sus funciones de acuerdo con la Ley, libres de influencias indebidas de cualquier origen.;
  • Fiscalizar y emitir opinión sobre la eficiencia y eficacia de la gestión de las Superintendencias Regionales.
  • Adoptar medidas precautorias conforme lo dispuesto por este Código, previa solicitud de la Administración Tributaria.;
  • Realizar los actos que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

* El Artículo contempla la declaratoria de inconstitucionalidad del inciso c), según Sentencia Constitucional N° 0009/2004 de 28/01/2004, con efecto derogatorio, conforme al Artículo 58, Parágrafo III de la Ley N° 1836 de 01/04/1998. (SC 009/2004).

Katia Mariana
Rivera Gonzales

Autoridad General de Impugnación Tributaria

Autoridades Regionales

Atribuciones y Funciones

De acuerdo al Artículo 135 del Código Tributario Boliviano, los Directores Ejecutivos Regionales son designados por el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia de terna propuesta por dos tercios (2/3) de votos de los miembros presentes de la Honorable Cámara de Senadores, de acuerdo a los mecanismos establecidos por la señalada Cámara.

Los Directores Ejecutivos Regionales, de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT), de acuerdo a la Ley N° 2492, Código Tributario Boliviano (CTB) desempeñará sus funciones por un período de cinco (5) años, no pudiendo ser reelegidos sino pasado un tiempo igual al que hubiese ejercido su mandato.

Los Directores Ejecutivos Regionales (antes Superintendentes Tributarios Regionales) tienen las siguientes atribuciones y funciones:

  • Conocer y resolver, de manera fundamentada, los Recursos de Alzada contra los actos de la Administración Tributaria, de acuerdo al presente Código;
  • Admitir o rechazar los Recursos Jerárquicos contra las resoluciones que resuelvan los Recursos de Alzada y remitir a conocimiento del Superintendente Tributario General;
  • Remitir al Registro Público de la Superintendencia Tributaria General copias de las Resoluciones que hubieran dictado resolviendo los Recursos de Alzada;
  • Seleccionar, designar, evaluar, promover y remover al personal técnico y administrativo de la Superintendencia Tributaria Regional, conforme a su reglamento interno y al presupuesto que se le hubiera asignado;
  • Designar intendentes en las capitales de departamento en las que no hubiere Superintendencias Regionales, de acuerdo a sus necesidades y como parte de la estructura general;
  • Resolver los asuntos que sean puestos en su conocimiento por los intendentes;
  • Suscribir contratos y convenios en nombre y representación de la Superintendencia Regional para el desarrollo de sus actividades administrativas y técnicas;
  • Autorizar y/o adoptar medidas precautorias, previa solicitud formulada por la Administración Tributaria, conforme lo dispuesto por este Código;
  • Realizar los actos que sean necesarios para el cumplimiento de sus responsabilidades.
  • Ejercer simultáneamente suplencia de otro Superintendente Tributario Regional, cuando este hubiere muerto, renunciado, se hallare impedido o su mandato hubiera concluido. Dicha suplencia durará hasta la designación del sustituto.

Paola Andrea
Vasquez Marzana

Autoridad Regional de Impugnación Tributaria – Cochabamba

Claudia Betina
Cors Rejas

AUTORIDAD REGIONAL DE IMPUGNACIÓN TRIBUTARIA CHUQUISACA

Zuleyka
Soliz Rodas

Autoridad Regional de Impugnación Tributaria – Santa Cruz
Suplencias Legales
Descripción Resolución Fecha Archivo
3
Suplencia Legal Directora Ejecutiva General AGIT
RA AGIT/0009/2025
17-03-2025
2
Suplencia Legal Directora Ejecutiva Regional ARIT La Paz y Director Ejecutivo Regional ARIT Chuquisaca
RA AGIT/0002/2024
08-01-2024
1
Suplencia Legal Director Ejecutivo Regional ARIT Chuquisaca
RA AGIT/0004/2023
16-01-2023

Autoridad General de Impugnación Tributaria

  • La Paz
  • Av. Víctor Sanjinés Nº 2705 esq. Calle Méndez Arcos (Plaza España)
  • (591-2) 2412789 – 2412048

Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) - Chuquisaca

  • Sucre
  • Calle Junín, esquina Ayacucho N° 699 (Ex edificio ECOBOL)
  • (591-4) 6913643

Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) - Cochabamba

  • Cochabamba
  • Avenida Oquendo Nº 381 entre Venezuela y Ecuador, Zona Central Norte
  • (591-4) 4140011 – 4140012

Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) - La Paz

  • La Paz
  • Calle Arturo Borda Nº 1933, Zona Cristo Rey (Alto Sopocachi)
  • (591-2) 2412613 – 2411973
  • El Alto
  • Avenida Bolivia, Plaza de la Cruz, N°100, en instalaciones de la Radio San Gabriel, Zona Villa Adela,

Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) - Santa Cruz

  • Santa Cruz
  • Pasaje 1 Este, Casa N° 14 – Zona Equipetrol
  • (591-3) 3113103

Responsable Departamental de Recursos de Alzada Potosí

  • Potosí
  • Calle Hoyos s/n, entre calle Millares y La Paz, Oficina de la Unidad, segundo piso
  • (591-2) 6123028

Departamental de Recursos de Alzada Tarija

  • Tarija
  • Calle Mariscal Sucre y Virginio Lema Nº 397, Edif. ECOBOL (Mezzanine)
  • (591-4) 6112535

Responsable Departamental de Recursos de Alzada Oruro

  • Oruro
  • Calle Arce N° 355 entre Brasil y Sargento Tejerina
  • (591-2) 5251720 – 72347803

Responsable Departamental de Recursos de Alzada Beni

  • Trinidad
  • Av. Cipriano Barace Nro 10 esquina Manuel Limpias (Edificio Agencia Boliviana de Correos)
  • (591-3) 4652338

Responsable Departamental de Recursos de Alzada Pando

  • Cobija
  • Calle Bruno Racua Nro. 59 extensión Plaza Germán Busch (Edificio Agencia Boliviana de Correos)
  • (591-3) 50243093 – 69697070